jueves, 2 de julio de 2009

EUROPA: EMCDDA Las drogas en el trabajo

Las drogas en el trabajo
Dos países han dado pasos para legislar los aspectos relativos a las drogas en el trabajo. En Finlandia, la Ley sobre protección de la privacidad en el trabajo (759/2004) pretende regular y mejorar la privacidad del empleado en relación con los análisis de detección de consumo de drogas en la vida laboral. Esta ley establece que el empresario y el personal deben diseñar un programa antidroga para el lugar de trabajo que incluya planes de prevención y opciones de tratamiento y elaborar un listado de aquellos trabajos que requieran un certificado de haber pasado un análisis para detectar el consumo drogas. Durante el proceso de selección, el empresario solamente podrá solicitar un certificado de análisis de detección del consumo de drogas del candidato seleccionado. El empresario tiene derecho a utilizar la información facilitada en el certificado si el trabajo requiere precisión, fiabilidad, juicio independiente o máxima atención, y si su desempeño bajo influencia o dependencia de las drogas pudiera amenazar la vida o la salud o provocar un daño considerable. Durante el período de duración del empleo, el empleado sólo deberá facilitar un certificado si existe causa para sospechar que es adicto a las drogas o que trabaja bajo su influencia.
En junio de 2004 se publicó en Irlanda la Ley de seguridad, salud y bienestar en el trabajo (Safety, Health and Welfare at Work Bill). Uno de sus apartados exige a los empleados que se abstengan de trabajar bajo los efectos de sustancias tóxicas que puedan poner en peligro su propia seguridad, salud o bienestar en el trabajo, o de otras personas. También exige que los empleados, previa petición razonable por parte del empresario, presenten un análisis adecuado, razonable y proporcionado realizado por una persona competente.
En el nuevo plan de acción de la UE se destaca la prevención en entornos específicos, como por ejemplo el lugar de trabajo. El mayor hincapié en la prevención específica puede ser un contrapeso a la tendencia general de reducción de la gravedad de las penas para los consumidores de droga, quizá debido a la preocupación por la prevalencia y frecuencia del consumo de drogas en la UE. Sin embargo, no hay cifras claras sobre el verdadero alcance de este fenómeno, y los análisis de detección del consumo de drogas que no se limiten a detectar su influencia efectiva pueden dar lugar a complicados problemas jurídicos de privacidad en virtud de determinadas leyes nacionales e internacionales. Mientras tanto, la investigación privada continúa intentando mejorar la precisión de los equipos de análisis y su aceptación por los consumidores.
Fuente: http://ar2005.emcdda.europa.eu/es/page014-es.html

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